Mediante Resolución No. C.D. 677 expedido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social se expidió el Reglamento General de Responsabilidad Patronal.

Mediante Resolución No. C.D. 677 expedido por el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y publicado en el Registro Oficial N. 683 de fecha 14 de noviembre de 2024, se expidió el Reglamento General de Responsabilidad Patronal cuyo objetivo es regular la aplicación de la Responsabilidad Patronal contemplada en la Ley de Seguridad Social en cuanto a su determinación y cuantía en cada uno de los seguros especializados y fondos, tales como:

  • Subsidios monetarios de enfermedad y maternidad en el seguro general de salud individual y familiar,
  • Seguros de invalidez, vejez, vejez por discapacidad, incluida sus mejoras, muerte y auxilio de funerales,
  • Fondo de cesantía,
  • Seguro de desempleo; y,
  • Seguro general de riesgos del trabajo por accidente de trabajo o enfermedad profesional.

La Dirección del Seguro General de Salud Individual y Familiar, Dirección del Sistema de Pensiones, Dirección del Seguro General de Riesgos del Trabajo y Dirección Nacional de Fondos de Terceros y Seguro de Desempleo, en el término de veinte días contados a partir de la aprobación de la resolución, emitirán las directrices necesarias para la aplicación de las disposiciones contenidas la resolución.

La Dirección del Seguro General de Salud Individual y Familiar, Dirección del Sistema de Pensiones, Dirección del Seguro General de Riesgos del Trabajo y Dirección Nacional de Fondos de Terceros y Seguro de Desempleo, conjuntamente con la Dirección Nacional de Procesos en el término de noventa días contados a partir de la aprobación de la resolución, deberán actualizar los manuales de procesos, manuales operativos y reglas de negocio, previo a la implementación tecnológica de esta Resolución.

La resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

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